sábado, 21 de mayo de 2011

BIENVENIDOS A LA INSTITUCIÓN ED. SAN MARTIN DE PORRES


INSTITUCIÓN EDUCATIVA AGROPECUARIA SAN MARTIN DE PORRES UBICADA EN EL CORREGIMIENTO DE CHUGULDI, MUNICIPIO DE SAMANIEGO, DEPARTAMENTO DE NARIÑO.





FUNDAMENTOS

ASPECTOS LEGALES
LA DESCENTRALIZACIÓN EDUCATIVA: Por cuanto es un deber y derecho facilitar la participación de las comunidades locales, en las decisiones autónomas sobre el quehacer educativo de las instituciones.
EL RESPETO POR LOS DERECHOS HUMANOS: "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión" (Art. 18)
"Toda persona tiene derecho a la educación, la cual debe ser gratuita. Tendrá por objetivo el pleno desarrollo de la personalidad y el fortalecimiento al respeto por los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales. Favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad, entre todas las Naciones y todos los grupos étnicos. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos" (Art.26)
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991:La Carta Magna en su artículo 41 establece la obligación que tienen las Instituciones Educativas Oficiales y privadas de incluir "El estudio de la Constitución Política y la Instrucción Cívica". La Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) en su artículo 14 también incluye como tema la enseñanza obligatoria, el estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la Instrucción cívica. Además, y en el artículo 67 de la Constitución Política reza: "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social, con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia y a los demás bienes y valores de la cultura". "La educación formará al Colombiano en el respeto por los derechos humanos, a la paz y a la democracia y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del medio ambiente"
En el Artículo 68 la Constitución Política dice: "La comunidad educativa participará en la dirección de las Instituciones Educativas".
Esta gestión de la Comunidad Educativa se constituye en una gran responsabilidad frente al respeto pleno de los derechos humanos y el cumplimiento del establecido en la Constitución Política y cumplirá su misión a través del Proyecto Educativo Institucional, como un espacio de participación democrática y autónoma en las decisiones del quehacer educativo.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (Ley 115 de 1994), la cual tiene tres directrices fundamentales:


  1. Ubica al eduando como centro del proceso educativo.

Art.91: "El alumno o educando es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia formación integral"


Art. 93: "Por los cuales se establece la Elección de Representantes y personero de los estudiantes quienes tiene derecho a participar en las decisiones de los planteles de educación".


2. Faculta a la comunidad educativa para que participe "en la dirección de los establecimientos educativos.." y establece en el artículo 6o la conformación de la comunidad educativa cuando dice: "La comunidad educativa está conformada por estudiantes, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes, y administradores escolares" y hace énfasis en la responsabilidd de cada uno cuando dice: "Todos ellos, según su competencia participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del respectivo establecimiento educativo."


Reafirma la participación democrática y responsable cuando a través del Artículo 139 promueve las organizaciones en la Institución Educativa para que "dinamicen el proceso educativo institucional".


3. La Ley crea el proyecto educativo institucional como un espacio de autonomía democrática para la organización de la gestión educativa.


El artículo 73 reza: "con el fin de lograr la formación integral del educando, cada establecimiento educativo debe elaborar y poner en práctica un proyecto educativo institucional.


"El proyecto educativo institucional debe responder a situaciones y necesidades de los educandos, de la comunidad local, de la región y del país, ser concreto, factible y evaluable".


Decreto 1860 de 1994: En sus artículos 14 a 20, da pautas para que las comunidades educativas apliquen en la elaboración de su PEI, los principios ordenados por la Constitución y la Ley.


Ley 715 de 21 de diciembre del 2001. El artículo 5 literal 5.5 establecer las normas técnicas curriculares y pedagógicas para los niveles de educación pre escolar, básica y media sin perjuicio de la autonomía de las instituciones educativas y de la especificidad de tipo regional.


La Ley 715, artículo 9 establece que las instituciones educativas que no ofrecen la totalidad de los grados se denominarán centros educativos y deberán asociarse con otras instituciones con el fin de ofrecer el ciclo de educación básica completa a los estudiantes.


Mediante la resolución No. 2953 del 7 de noviembre del 2002, se fusionan y asocian los establecimientos educativos de acuerdo a los parámetros de la Ley 715 del 2001 y demás normas reglamentarias expedidas por el Ministerio de Educación Nacional, resuelve" Artículo 3 asociar los etablecimientos educativos: Escuela Rural Mixta El Morro, Escuela Rural Mixta San Gregorio, Escuela Rural Mixta El Llano, Escuela Rural Mixta Chuguldí, y Escuela Rural Mixta El Cilindro con la Institución Educativa "San Martín de Porres" del corregimiento de Chuguldí, municipio de Samaniego, Nariño, a través de un solo Proyecto Educativo Institucional con el fin de garantizar a los estudiantes la continuidad de la educación básica, unificar esfuerzos y recursos para mejorar la calidad del servicio educativo.


La resolución No. 367 de abril 21 del 2003 modifica y aclara los artículos 3 y 4 de la Resolución 2953 del 7 de Noviembre del 2002 y resuelve, artículo 1: Fusionar los establecimientos educativos Instituto Agropecuario "San Martín de Porres" y la Escuela Rural MIxta de Chuguldí, en una sola Institución Educativa denominada "Institución Educativa "San Martín de Porres", bajo una sola administración para ofrecer el servicio educativo en los niveles de pre escolar, básica (primaria y secundaria) y media y se concede licencia de funcionamiento a la institución.


Mediante la resolución No. 0941 de julio 11 del 2003, se sustituye la razón social de la Institución Educativa "San Martín de Porres" y en adelante se denominará INSTITUCIÓN EDUCATIVA AGROPECUARIA "SAN MARTÍN DE PORRES".

viernes, 20 de mayo de 2011

METAS






  • Cumplir hasta el año 2013, con los estudiantes matriculados en el grado 10 de E.M.T. el programa de integración con el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.



  • Desarrollar en el presente año lectivo dos talleres para mejorar la autoestima.



  • Contribuir con la preparación de las pruebas de estado y pruebas saber y aplicar pruebas de evaluación tipo ICFES a todos los grados y en todas las áreas.



  • Programar dos actividades de convivencia con la básica primaria y la secundaria en el presente año lectivo, para fomentar las relaciones socio afectivas de los estudiantes.



  • Programar y ejecutar un proyecto productivo por cada grado.



  • Realizar una feria agrícola y artesanal en la institución con las comunidades asociadas.



  • Realizar reuniones periódicas para evaluar y tomar decisiones que contribuyan al buen funcionamiento de la institución.



  • Realizar el presente año lectivo planes de mejoramiento.



  • Gestionar proyectos interinstitucionales que mejoren el funcionamiento institucional.



  • Cumplir hasta finalizr el año escolar con las actividades programadas en el proyecto del medio ambiente.



  • Organizar el segundo seminario taller agropecuario San Martín de Porres.

OBJETIVOS GENERALES






  1. Cumplir con las disposiciones sobre educación contempladas en la Constitución Política, Ley 115 de 1994, Decreto 1860 de 1994, Ley 715 de 2001 y Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia.)



  2. Cumplir con las disposiciones del MEN, estrurando según las necesidades, un Plan de Estudios qeu facilite la adquisición de conocimientos técnicos, artísticos y humanísticos, además realizando el proceso de integración con el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA.)



  3. Desarrollar una labor educativa que contribuya a la formación en los aspectos síquicos, intelectuales, sociales, afectivos, y cívicos de la Comunidad Educativa.



  4. Formar en el respecto a la vida y a los demás derechos humanos que permita la convivencia y la participación democrática en las decisiones que afectan la vida económica, política y cultural.



  5. Conformar la comunidad educativa para que a través del Gobierno Escolar asuma de manera democrática y responsable la dirección de la institución.



  6. Sensibilizar a la comunidad educativa sobre la necesidad de conservar, proteger o mejorar el medio ambiente para mantener el equilibrio ecológico.



  7. Formar en la práctica del trabajo mediante la adquisición de técnicas y habilidades agropecuarias, así como de otros oficios, que permitan al estudiante convertirse en un productor eficiente, competitivo y con visión empresarial.



  8. Establecer relaciones de participación, comunicación y reflexión donde las decisiones sean democráticas y de beneficio comunitario.



  9. Institucionalizar el día del campesino.



FILOSOFÍA










Es filosofía de la institución que el proceso educativo esté encaminado a valorar el campo, sus bondades y riquezas, así como a inculcar el respeto, la protección y conservación de los recursos naturales, actitud indispensable para mantener el equilibrio ecológico y preservar la naturaleza como alternativa para la supervivencia humana.




Se hará especial énfasis en los aspectos morales, religiosos, sociales, económicos, y técnicos considerando la responsabilidd de cada individuo como miembro de una familia y parte integrante de la sociedad.




Que el aprendizaje conlleve al estudiante a asumir una posición reflexiva y crítica de la realidad qeu lo rodea. Su compromiso debe ser de liderazgo, autosuficiencia, desarrollo de una mentalidad emprendedora para su bienesar y progreso de las comunidades.




Que la atitud de la Comunidad Educativa sea de justicia, democracia, convivencia, participación, tolerancia y organización para que interactúen de manera responsable generando sentido de pertenencia en cada uno de los miembros que la integran.




lunes, 16 de mayo de 2011

PERSONAL DOCENTE DE LA INSTITUCIÓN

En la actualidad la institución cuenta con el siguiente personal docente:
Lic. Oscar Audelo Solarte como Rector.
Lic. DELIA DEL CARMEN MELO, docente de transición.
Lic. ISABEL RUIZ, Docente de grado primero.
Lic. HERMINSO CERON, Docente de grado segundo.
Lic. LUZ MERY ARTEAGA, Docente de grado tercero.
Lic. ALICIA ORTEGA, Docente de grado cuarto.
Lic. ADALBERTO CALVACHE, Docente de matemáticas.
Lic. BAYARDO OBANDO, Docente de Fisica y matemáticas.
Lic. MAXIMILIANO CHAMORRO, Docente de Química.
Esp. EUFENIA ORTEGA MORALES, Docente de Informática.
Lic. ANA EDUVINA ALVAREZ, Docente de Inglés.
Lic. MARTHA MORALES, Docente de Humanidades.
Esp. JORGE EDMUNDO ORTIZ, Docente de Ed. Física.
Esp. ROIMAN RUALES, Docente de Biología.
Ing. EVER MELO CERON, Docente de Agrícola.
Zootecnista. FRANCISCO IBARRA, Docente de parte pecuaria.
Sociólogo. CARLOS DIAZ, docente de Sociales.

lunes, 10 de mayo de 2010

SALA DE INFORMATICA


La Institución cuenta con una sala de informática dotada con 21 computadores, los cuales han servido como herramienta de trabajo para los estudiantes desde el año 1997 cuando por vez primera llega la tecnología a nuestro colegio, siendo privilegiados al poder contar con estos equipos que no poseen otras instituciones educativas. Es así como en el año 2005 se nos ofrece el servicio de Internet mediante el programa Compartel, el cual poseemos hasta el momento y ha hecho que los estudiantes puedan navegar y explorar otras regiones y lugares del mundo entero.

miércoles, 5 de mayo de 2010

VIDEO CUMPLEAÑOS INAGRO

FOTOS INAGRO





































MISION Y VISION DEL INAGRO



VISIÓN
La Institución Educativa Agropecuaria “San Martín de Porres” y los centros educativos asociados conforman una institución líder en la formación humana, tecnológica y cultural que responde a las nuevas exigencias del medio, regional, nacional, forjadores de ciudadanos integrales, capaces de ser autónomos, comprometidos con la paz, contribuyendo así a la transformación de la sociedad actual y la futura como también al uso racional de los recursos naturales.

MISIÓN
Formar seres integrales, activos y participativos, con capacidad emprendedora, que buscan la excelencia en sus actuaciones de la vida diaria y se fundamenta en los siguientes aspectos:

Apropiación de los saberes de las ciencias básicas, desarrollando las competencias básicas, laborales y ciudadanas, a través de diferentes experiencia.
Desarrollar proyectos pedagógicos orientados a solucionar problemas del entorno como: contaminación ambiental, pérdida de valores, mala utilización del tiempo libre, falta de liderazgo, participación activa y democrática proyectándose hacia las comunidades para contribuir a su mejoramiento social,económico, cultural y la calidad de vida del sector campesino, adaptando nuevas técnicas vinculadas al desarrollo de actividades escolares con el SENA para lograr la certificación encaminando su proyecto de vida hacia la modalidad agropecuaria.